viernes, 20 de abril de 2012

¿ESPAÑA NOS ROBA?


¿ESPAÑA NOS ROBA?

La famosa disposición adicional

NO EXISTE OBLIGACIÓN JURÍDICA ALGUNA POR PARTE DEL ESTADO PARA LLEVAR A CABO TAL INVERSIÓN

Con la presentación por el Gobierno del proyecto de ley de Presupuestos vuelve a invocarse el incumplimiento por parte del Estado de la famosa disposición adicional tercera del Estatut. Según fuentes autorizadas del Govern de la Generalitat, dicha disposición establece que el Estado está obligado a invertir en Catalunya en materia de infraestructuras por un valor equivalente al porcentaje del producto interior bruto (PIB) catalán en relación con el PIB del conjunto del Estado. De acuerdo con este criterio, en dichos Presupuestos debería figurar una partida de 219 millones para inversiones en Catalunya, el 18,6 % del PIB español, que no aparece por ninguna parte.
Pues bien, tales afirmaciones parten de una premisa falsa: la disposición adicional citada no adopta tal criterio. Y si la premisa es falsa, su consecuencia es errónea: no existe, pues, obligación jurídica alguna por parte del Estado para llevar a cabo tal inversión. Ello hace que todo el argumento sea inconsistente.  ¿Por qué la premisa es falsa? Porque el Estatut no es sólo el texto  aprobado por las Cortes General y ratificado en referéndum sino que es este mismo texto leído a la luz de la sentencia del Tribunal Constitucional.  
El texto de la disposición adicional tercera del Estatut, en la parte que nos interesa, dice así: “La inversión del Estado en Catalunya en infraestructuras (…) se equiparará a la participación relativa del producto interior bruto de Catalunya con relación al producto interior bruto del Estado para un período de siete años”. A primera vista parece que la interpretación del Govern se corresponde con el texto estatutario. El error consiste en que esta interpretación literal conduce al absurdo: esto es lo que desvela el TC en su sentencia, con razones de una aplastante  obviedad jurídica y lógica.  
En efecto, como sucede con muchos otros preceptos estatutarios también invalidados, el fondo del asunto reside en que el Estatut es una norma  cuyo ámbito de aplicación debe limitarse al territorio de Catalunya y no puede vincular jurídicamente a órganos situados fuera de este territorio. Las inversiones del Estado en Cataluña en materia de infraestructuras  – ojo: no las de la Generalitat - deben estar previstas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado que aprueban las Cortes Generales. Es evidente que una ley territorial como el Estatut no puede determinar una materia de exclusiva competencia estatal como es la elaboración y aprobación de sus propios Presupuestos, es decir, sus partidas de ingresos y gastos. 
Todo ello lo reconoce la sentencia, recordando doctrina anterior, al sostener que “no puede admitirse  que la disposición adicional tercera vincule a las Cortes Generales en el ejercicio de sus funciones de examen, enmienda y aprobación de los Presupuestos Generales del Estado (…) pues es al Estado a quien le corresponde en exclusiva (…) decidir si procede dotar, en su caso, y en qué cuantía aquellas asignaciones en virtud de la competencia exclusiva que sobre la materia le atribuye el art. 149.1.14 de la Constitución (hacienda general)”. En consecuencia, la disposición adicional en cuestión, “debe, pues, interpretarse en el sentido de que no vincula al Estado en la definición de su política de inversiones, ni menoscaba la plena libertad de las Cortes Generales para decidir sobre la existencia y cuantía de dichas inversiones. Interpretada en estos términos – concluye la sentencia -  la disposición adicional tercera, apartado 1, no es contraria a la Constitución”.   
La sentencia se excede salvando preceptos que deberían haber sido declarados nulos porque su significado es opuesto, en cualquiera de sus acepciones, al que le atribuye el Tribunal y este es un caso prototípico. Nunca se había utilizado con tanta profusión la técnica de la interpretación conforme. Es por ello que el Estatut debe ser leído con las correcciones que la sentencia introduce, para lo cual una guía sumamente útil es el libro del profesor José Carlos Remotti, El Estatuto de Autonomía de Cataluña y su interpretación por el  Tribunal Constitucional (Bosch editor, Barcelona, 2011), que tras cada artículo estatutario sintetiza la doctrina constitucional y reproduce los párrafos esenciales que la justifican. Cargos públicos, funcionarios y periodistas, deberían tener este libro siempre a mano para navegar con una cierta seguridad por los difíciles vericuetos que resultan de combinar texto y sentencia.  
En cualquier caso, la famosa disposición adicional tercera del Estatut no establece obligación alguna para el Estado en materia de inversiones en Catalunya. Otra cosa es que el Estado decida libremente invertir el 18,6%. O más. O menos. Pero el Estatut no puede vincular las decisiones del Estado, algo de puro sentido común que sólo una reforma estatutaria tan disparatada como la catalana – imitada después en este punto por la mayoría de las demás reformas – podía establecer. Sin embargo, aún peor es obstinarse en sostener que el Estatut dice algo que no dice.  Dudo que sea fruto de la ignorancia y prefiero no pensar que es fruto de la mala fe.    
 
Francesc de Carreras, Catedrático de Derecho Constitucional de la UAB

¿De verdad España nos roba, o son los nacionalistas los que quieren robar mas aun de España?.

El sueldo más común en España

El sueldo más común en España no llega a 16.000 euros
La encuesta de estructura salarial del INE constata un aumento de la desigualdad entre el salario de hombres y mujeres. -El sueldo medio asciende un 2,9% entre 2008 y 2009 hasta los 22.511 euros

Madrid 22/06/2011

El salario más común entre los trabajadores que residen en España fue de unos 15.500 euros al año, según la Encuesta de Estructura Salarial que ha publicado el Instituto Nacional de Estadística, con datos correspondientes a 2009. Además, pese a que la economía española atravesó aquel ejercicio por completo en la recesión, el salario medio subió un 2,9% en 2009 hasta los 22.511 euros. No obstante, esta cifra está condicionada por el hecho de que los empleados que cobran más que estos 22.500 euros son pocos pero con remuneraciones generosas y por la importante destrucción de empleo en este año entre los temporales, que fueron los primeros en ser expulsados del mercado laboral y tenían sueldos más bajos que la media, lo que tiró hacia arriba de la estadística.

Los temporales ganan un 30% menos que los empleados con contrato indefinido
Así, añade el INE, el salario medio es superior tanto al salario mediano, que con 18.817 euros es el que divide al número de trabajadores en dos partes iguales, los que tienen un salario superior y los que tienen un salario inferior; como al más frecuente, de 15.500 euros.
Por sexos, la ganancia media anual fue de 25.001,05 euros para los hombres y de 19.502,02 euros para las mujeres. Así, las mujeres cobran por norma el 78% de lo que gana el sexo opuesto. La situación, destaca la oficina estadística, es ligeramente peor que la del año anterior, aunque sea solo por una décima (78,1%). No obstante, la separación se reduce si se consideran situaciones similares respecto a variables tales como tipo de contrato, de jornada, ocupación o antigüedad. Pese a ello, en 2009, el 15,2% de las mujeres tuvo ingresos salariales menores o iguales que el Salario Mínimo Interprofesional (SMI y 641 euros al mes), frente al 5,6% de los hombres. Además, otro dato que constata la desigualdad entre sexos es que del 18% de trabajadores que ganan poco en relación a la media -menos de 7.500 euros-, tres de cada cinco eran mujeres.
En cuanto al tipo de contrato, los temporales siguen muy por debajo de lo que cobran los indefinidos. En concreto, los primeros gana un 30% menos que los fijos con 16.700 euros. Los indefinidos, por su parte, tenían en 2009 un salario superior a la media con 23.979 euros al año. Por sectores, la actividad con remuneraciones medias más alta fue la energía eléctrica con 50.530 euros.
En el lado contrario, los asalariados de la hostelería fueron los que tenían un sueldo más bajo con 13.996 euros. Por su parte, los directores de empresas de más de 10 trabajadores constituyeron el colectivo de ocupación con la ganancia media anual más elevada (63.150,47 euros). Además, en un ejemplo del efecto de la destrucción del empleo temporal en los sueldos, los salarios subieron más que en el resto en la construcción, donde se concentraron dos de cada tres despidos en este periodo, con un repunte del 5,2%.
En cuanto a la distribución geográfica, País Vasco, con 26.162,45 euros anuales por trabajador, fue la comunidad autónoma que presentó el salario medio anual más alto. Canarias, con 18.926,36 euros, tuvieron el más bajo.
Así, aunque los salarios siguieron subiendo en 2009 en contraste con la grave recesión que atravesó España, la más acusada en medio siglo, las tornas cambiaron en 2010. De hecho, a finales del pasado año, los costes salariales bajaron por primera vez en la historia una vez que los temporales fueron expulsados del mercado laboral, pasó el efecto de las indemnizaciones y se hizo patente el recorte en las remuneraciones a funcionarios. Junto a la Encuesta Salarial publicada, la oficina de estadística publica trimestralmente los datos sobre costes salariales, que miden lo que le cuesta cada trabajador a la empresa.
La necesidad de aumentar la competitividad de las economía española ha llevado al Banco de España y a las empresas a reclamar mayor moderación salarial y, en lo que coinciden (FMI), pedir que los sueldos no se vinculen de forma automática a la inflación y estén más relacionados con el incremento de la productividad o los resultados.
También el tema de la indexación a la inflación ha sido uno de las claves para la reforma de la negociación colectiva, donde el decreto ley del Gobierno que actualmente se está tramitando en el Congreso permite a las empresas desligarse de las subidas salariales de los convenios de ámbito superior previo acuerdo con los sindicatos.

MONARQUÍA, "RENOVARSE O MORIR"


Rivera (C's) pide a la monarquía 'renovarse o morir'



Rivera (C's) pide a la monarquía 'renovarse o morir'

Rivera (C's) pide a la monarquía 'renovarse o morir'

'LO QUE HA PASADO ESTE FIN DE SEMANA ES UN EJEMPLO DE LA NECESIDAD DE QUE LA CASA REAL SE SOMETA A LA LEY DE TRANSPARENCIA', HA RECLAMADO

El líder de C's, ALBERT RIVERA, ha afirmado este lunes que la monarquía parlamentaria debe "renovarse o morir", y dar paso a una república si no se lleva a cabo un debate sobre la modernización de la Corona.
En rueda de prensa, ha recordado que el discurso de Navidad del Rey Juan Carlos abogó por que los cargos públicos tengan una actitud ejemplar de cara a los ciudadanos ante la profunda crisis que atraviesa el país, por lo que le ha instado a aplicarse sus palabras.
Sin entrar en el debate de si debe abdicar, ha asegurado que debe ser el primero en querer modernizar y participar de la regeneración de la monarquía, y que el Príncipe Felipe debe pilotar este debate como heredero junto al resto de instituciones del país.
"El actual sistema de monarquía parlamentaria debe renovarse o morir. Debe haber un debate legítimo en el país sobre el modelo de Estado", ha sostenido Rivera, quien ha lamentado la imagen que está dando la institución también por el caso Urdangarín.
Según Rivera, si no hay un debate sobre la necesidad de una monarquía profesional, "es absolutamente legítimo plantear el cambio de modelo: pasar de la monarquía a la república".
Para el líder de C's, una Casa Real moderna pasa por la transparencia de sus números y actividades, entre otras cuestiones, por lo que ha exigido al Gobierno que no excluya a la Corona y al Rey de la ley de transparencia que está preparando.
"Lo que ha pasado este fin de semana es un ejemplo de la necesidad de que la Casa Real se someta a la ley de transparencia", ha reclamado.

UNA CATALUÑA BILINGÜE


Una Cataluña bilingüe, una escuela bilingüe



Una Cataluña bilingüe, una escuela bilingüe

Una Cataluña bilingüe, una escuela bilingüe

EL CATALÁN Y EL CASTELLANO SON, ADEMÁS DE PARTE DE NUESTRO PATRIMONIO CULTURAL, IDIOMAS QUE HAN DE SERVIR PARA RELACIONARNOS Y ENTENDERNOS Y NO PARA DIVIDIRNOS NI ENFRENTARNOS


La Constitución Española garantiza el derecho de los ciudadanos de Cataluña a recibir una educación en las dos lenguas oficiales que reconoce el Estatuto de Autonomía, el catalán y el castellano. Así lo ha reconocido el Tribunal Constitucional, en la sentencia 31/2010 de 28 de junio, que resolvió los recursos interpuestos contra la modificación del estatuto catalán, donde deja claro que ambas lenguas deben ser vehiculares en la enseñanza y deben tener una presencia conjunta y equilibrada en las aulas catalanas.
El Tribunal Supremo ha consolidado la doctrina constitucional en cinco sentencias firmes hasta la fecha, en las que exige a la administración educativa de la Generalitat de Cataluña la reintroducción del castellano junto al catalán como lengua vehicular en la escuela, poniendo fin de esta manera al sistema de inmersión lingüística obligatoria en una sola lengua que se viene aplicando desde hace más de dos décadas en el servicio público de educación. Pese a la exigencia de los máximos tribunales del Estado, el gobierno de la Generalitat lejos de cumplir y hacer cumplir la ley garantizando así los derechos de los ciudadanos está incumpliendo de forma flagrante las sentencias.
Confiamos en que el Tribunal Supremo hará ejecutar cuanto antes sus propias sentencias, y esperamos poder disfrutar así de una educación bilingüe en el próximo curso escolar. Pero en cualquier caso, frente a la situación de indefensión causada por la insumisión del gobierno autonómico catalán, la sociedad civil y los representantes políticos que defendemos la libertad, la igualdad, la convivencia, el respeto a la ley, a la justicia y al marco constitucional nos comprometemos a utilizar todos los mecanismos sociales, políticos y judiciales que estén a nuestro alcance hasta conseguir que en Cataluña tengamos por fin una escuela de todos y para todos.
Trabajaremos juntos para que Cataluña no sea una comunidad autónoma fuera del ordenamiento constitucional, sumando esfuerzos y generando sinergias frente a los que lamentablemente han convertido una de nuestras lenguas en un instrumento identitario al servicio de su quimérica construcción nacional, obviando que el catalán y el castellano son, además de parte de nuestro patrimonio cultural, idiomas que han de servir para relacionarnos y entendernos y no para dividirnos ni enfrentarnos.
Más de tres décadas después de la recuperación de la democracia, de la promulgación de una constitución de todos y de la puesta en marcha del estado autonómico, debemos volver a luchar hoy para hacer normal en las escuelas e instituciones lo que es normal en la calle. Porque Cataluña es bilingüe, es de justicia y de sentido común que tengamos una escuela bilingüe.