domingo, 6 de mayo de 2012

¿¿¿DE VERDAD ESPAÑA NOS ROBA???


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#novullpagar: La veritat sobre les autopistes de CIU-ABERTIS

abril 28, 2012
1.- Les autopistes no les va posar Espanya, sinó Jordi Pujol i son de titularitat autonòmica, no estatal.
El peatges de Catalunya són creació i titularitat autonòmica, no pas estatal: és la Generalitat qui les crea, n’és titular, i determina el preu del peatge. Excepte els de les AP7 y AP2, que es van construir a començaments dels anys 70, per la qual cosa són de titularitat estatal, la resta de peatges es van fer exclusivament per odre de Jordi Pujol, president de la Generalitat per CIU.
Pujol podria haver decidit construir autovies, com van fer totes les altres autonomies qua no van tenir la calamitosa desgràcia d’estar governades per una màfia trabucaire, i finançar-les amb deute públic; o bé fent que els peatges anessin a parar a la generalitat i no a una empresa privada. Però no, Pujol va voler que els catalans paguéssim peatges.
2.- Els peatges de les autopistes no van a Espanya, sinó a la butxaca de ABERTIS, una empresa propietat de La Caixa, i liderada per Salvador Alemany, assessor d’Artur Mas i  principal publicitari del diari AVUI-EL PUNT
Els peatges catalans estan en mans de l’empresa Abertis; i a la resta d’Espanya també. Aquesta multinacional gestiona directament més de 1.500 quilòmetres d’autopistes estatals, cobrint el 59% del total de vies de peatge.  Abertis també participa de forma no majoritària en una sèrie de concessions amb un total de 200 quilòmetres: Autema i Ciralsa (Circumval·lació d’Alacant). També manté un paper actiu en Trados 45 (M-45 Tram II), Accesos de Madrid i Henarsa, concessionàries que gestionen diverses vies d’accés a la ciutat de Madrid.
Abertis és un suport fonamental publicitari de l’AVUI-EL PUNT , diari ultranconvergent i fervorosament folklòric, caspós i barretinaire que, paradoxalment, ha enarborat la bandera en contra dels peatges, en un repugnant acte més de summa hipocresia.
La Caixa, és l’accionista majoritària d’ABERTIS amb una propietat del 31% de les seves accions. Curiosament CIU té un deute amb La Caixa d’un crèdit de 21 milions d’euros (xifra de l’any 2010)
Artur Mas va proposar a Salvador Alemany,  President d’Abertis , ser Conseller d’Economia i actualment presideix el “Consell Assessor per a la Reactivació Econòmica de Catalunya (CAREC)”, organisme escollit per CIU per tal d’assesorar al Govern en retallades neoliberals. Salvador Alemany, segons ha declarat recentment, se sent molt preocupat per la campanya de“No vull pagar”. No m’estranya! S’embutxaca milers de milions a l’any robant a ciutadans, per tal de finançar a un partit polític!
3.- CIU va votar a favor de rescatar els peatges de Madrid amb diners públics.
CiU va proposar i va votar a favor de rescatar i compensar econòmicament a les companyies concessionàries de les autopistes de de Madrid, que són completament deficitàries, proposant que les concessionàries ingressin la diferència entre la facturació real i el 80% de la prevista quan es va adjudicar la via. Cada cinc anys, l’Estat els paga de la nostre butxaca la compensació, amb interessos. Un acord econòmic que beneficia clarament a Abertis.
4.- Els peatges estan amortitzats de sobres i es mantenen tan sols perqué beneficien a CIU-ABERTIS-LA CAIXA
Segons l’anuari dels silencis mediàtics de l’any 2010, les recaptacions de les concessionàries per peatges multipliquen en alguns casos per 100 el cost de l’obra. Alguns exemples a continuació:
TRAMCOST CONSTRUCCIÓINGRESSOS ESTIMATS
Montgat-Mataró21682,2
Mataró-Palafolls285,5363,3
Barcelona-Montmeló19,9535,4
Granollers-La Jonquera68,53.033,7
Molins de Rei-Martorell14,61.168,7
Martorell-Tarragona42,22.170,3
Així doncs queda clar que les autopistes de peatge son un invent de CIU per tal de beneficiar a empreses amigues que, al mateix temps financen al seu partit amb crèdits milionaris! Clar que, si voleu, podeu seguir pensant que tot és una conspiració de Madrid en contra de la nació catalana…
Jo #novullpagar la corrució de CIU-ABERTIS!

sábado, 5 de mayo de 2012

Preferencias preferentes


OPINION publicada por www.eleconomista.es el 25/04/2012
Preferencias preferentes

Preferencias preferentes

A gentes cuyo fin era obtener un buen rendimiento a sus ahorros, les propusieron el envenenado regalo de las suscripciones preferentes

No es necesario acudir a doctrinas subversivas ni revolucionarias para reconocer que, en política, una cosa es la prosa y otra el verso. El verso igualitario, defensor de los derechos de la ciudadanía, queda para las declaraciones retóricas. Para el teatro (dramático o cómico) partidista.
La prosa se ejerce todos los días en actos u omisiones. En el uso selectivo del BOE, en el olvido, en el ponerse de perfil cuando el problema afecta de plano a los poderes fácticos. Hace algún tiempo la banca se encontró ante su propio vértigo. Su necesidad de recapitalizarse en plena resaca de su demencial política cortoplacista financiera de la envenenada burbuja inmobiliaria. Ante la imperativa necesidad de tapar agujeros, hábiles trileros utilizaron su credibilidad, sus oficinas? y a sus humildes impositores para producir el mayor fraude legal de nuestros tiempos.
A gentes cuyo fin era obtener un buen rendimiento a sus ahorros, les propusieron el envenenado regalo de las suscripciones preferentes. Un producto complejo, fuera de los límites de la comprensión de quien los suscribía y que se define por no tener liquidez inmediata, no garantizarse la inversión, no estar cubierto por el Fondo de Garantía de Depósitos y no tener compromiso de recompra. Y, cuando esas personas acudieron a las oficinas reclamando por entender que habían suscrito un depósito a plazo, fueron forzadas (lo toma o lo deja) a recibir acciones a plazo o imposiciones a 10 años? ¡¡Trágala a impositores de edad avanzada que precisan su dinero para vivir -o sobrevivir-!!
El artículo 51 de la Constitución exige de los poderes públicos la protección de los legítimos derechos de los consumidores. Pues bien, ni el socialista, ni el popular, ni el convergente ni el nacionalista han movido una ceja. Sus intereses no son de este mundo, como diría la Biblia. Se ubican en el paraíso de las cajas y bancos. Únicamente Ciutadans en Cataluña clama y reclama? en total soledad.

Javier Nart, Abogado

Boadella, imprescindible, como siempre



miércoles, 2 de mayo de 2012


ESCANDALO EN HOSPITALETPDFImprimirE-Mail
Manos Limpias denuncia a la alcaldesa de Hospitalet de Llobregat
Nuestro Sindicato ha presentado denuncia ante el Juzgado de Instrucción que por turno corresponda de L´Hospitalet de Llobregat, contra la Alcaldesa del Municipio y responsables de su Equipo de Gobierno, por un presunto delito de malversación de caudales públicos.
Lea el texto íntegro de la denuncia.
AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN QUE POR TURNO CORRESPONDA DE L´HOSPITALET DE LLOBREGAT
                                                
                                                   AVDA DEL CARRILET 2, 08902
El Sindicato Colectivo de Funcionarios Públicos Manos Limpias y en su nombre y representación su Secretario General don Miguel Bernad Remón con D.N.I. Núm. 12.135.624 y domicilio en la C/ Ferraz nº 13 de Madrid, por el presente escrito, al amparo del art. 262 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que prescribe:
            “Los que por razón de su cargo, tuvieran noticia de algún delito público estarán obligados a denunciarlo inmediatamente al Ministerio Fiscal, al Tribunal competente, al Juez de Instrucción”.
            Formula,
DENUNCIA
            Contra la Alcaldesa del Ayuntamiento de L´Hospitalet de Llobregat  y Concejales de su equipo de Gobierno Municipal por presunto delito de malversación de caudales públicos.
            La presente denuncia se basa en los siguientes,
HECHOS
            El uso de los denominados gastos de representación para fines particulares.
            Los gastos correspondientes a los años 2006, 2007 y 2008, proceden de la cuenta general del Ayuntamiento y han sido fiscalizados por el Interventor General del Ayuntamiento.
            Con el dinero de todos los contribuyentes, responsables políticos del Ayuntamiento de L´Hospitalet, se han dedicado a comer mariscadas en restaurantes de lujo, comidas en hoteles de 5 estrellas, menús degustación, sin control ni justificación alguna, ni reparo por parte del Interventor.
USO ABUSIVO DE UN DERECHO (GASTOS DE REPRESENTACIÓN) QUE LO CONVIERTE EN UN ILÍCITO PENAL
            Los gastos de representación, tienen un fin y objetivo concreto, para su justificación, siempre que redunden en beneficio y para actuaciones de la Administración. En definitiva, reuniones de trabajo. Cuando esa finalidad se desvía para uso propio, de familiares y amigos, convierte ese derecho en un uso abusivo, y que al tratarse de fondos públicos, lo convierten en una figura de ilícito penal, conocida como malversación de caudales públicos.
PRUEBA
            Se adjunta como prueba, una relación de gastos efectuados en el año 2007 por responsables del Gobierno del Ayuntamiento de L´Hospitalet, documento Nº 1. Estos gastos no justificados, al tratarse de caudales o fondos públicos, inciden en un,
ILICITO PENAL
            A tenor de lo preceptuado en el art. 433 del Código Penal, se ha podido producir un delito de malversación de caudales públicos.
            “La autoridad o funcionario público que destinare a usos ajenos a la función pública los caudales o efectos puestos a su cargo por razón de sus funciones, incurrirá en la pena de multa de seis a doce meses, y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis a tres años”.
            El animus utendi, es evidente y manifiesto.
PERSONAS DENUNCIADAS
            La Alcaldesa como máximo responsable político, y los Concejales del equipo de Gobierno del Ayuntamiento que han malversado los fondos en beneficio propio.
            De la cuenta general del Ayuntamiento se deduce:
Que los responsables del equipo de Gobierno municipal, se van a comer los domingos a las localidades costeras.
Que asiduamente pasan facturas de conocidos establecimientos de mariscadas y de hoteles de 5 estrellas
Que asiduamente también pasan facturas de menús degustación
Que asiduamente pasan facturas que son comidas de amigos y familiares.
Que asiduamente pasan factura de menús individuales, situados al lado de sus domicilios particulares.
Que para colmo de la desvergüenza, pasan factura en gastos de cervezas, tapas y cafés.
Algunos responsables políticos, han llegado a gastar más de 9.700 euros por estos conceptos.
En su virtud,
SOLICITO de ese Juzgado,
Admita la presente denuncia por ser conforme a derecho.
Es justicia que pido en Madrid a 3 de Abril de 2009.
EL SECRETARIO GENERAL DEL SINDICATO MANOS LIMPIAS,
FDO.: MIGUEL BERNAD REMÓN
OTROSÍ DIGO Que entre las Diligencias a practicar para mejor proveer, se debe requerir:
Los informes del Interventor del Ayuntamiento de L´Hospitalet.
Las cuentas generales del Ayuntamiento de L´Hospitalet, correspondientes a los años 2006,2007 y 2008.
Es justicia que reitero.
FDO.: MIGUEL BERNAD REMON

viernes, 20 de abril de 2012

¿ESPAÑA NOS ROBA?


¿ESPAÑA NOS ROBA?

La famosa disposición adicional

NO EXISTE OBLIGACIÓN JURÍDICA ALGUNA POR PARTE DEL ESTADO PARA LLEVAR A CABO TAL INVERSIÓN

Con la presentación por el Gobierno del proyecto de ley de Presupuestos vuelve a invocarse el incumplimiento por parte del Estado de la famosa disposición adicional tercera del Estatut. Según fuentes autorizadas del Govern de la Generalitat, dicha disposición establece que el Estado está obligado a invertir en Catalunya en materia de infraestructuras por un valor equivalente al porcentaje del producto interior bruto (PIB) catalán en relación con el PIB del conjunto del Estado. De acuerdo con este criterio, en dichos Presupuestos debería figurar una partida de 219 millones para inversiones en Catalunya, el 18,6 % del PIB español, que no aparece por ninguna parte.
Pues bien, tales afirmaciones parten de una premisa falsa: la disposición adicional citada no adopta tal criterio. Y si la premisa es falsa, su consecuencia es errónea: no existe, pues, obligación jurídica alguna por parte del Estado para llevar a cabo tal inversión. Ello hace que todo el argumento sea inconsistente.  ¿Por qué la premisa es falsa? Porque el Estatut no es sólo el texto  aprobado por las Cortes General y ratificado en referéndum sino que es este mismo texto leído a la luz de la sentencia del Tribunal Constitucional.  
El texto de la disposición adicional tercera del Estatut, en la parte que nos interesa, dice así: “La inversión del Estado en Catalunya en infraestructuras (…) se equiparará a la participación relativa del producto interior bruto de Catalunya con relación al producto interior bruto del Estado para un período de siete años”. A primera vista parece que la interpretación del Govern se corresponde con el texto estatutario. El error consiste en que esta interpretación literal conduce al absurdo: esto es lo que desvela el TC en su sentencia, con razones de una aplastante  obviedad jurídica y lógica.  
En efecto, como sucede con muchos otros preceptos estatutarios también invalidados, el fondo del asunto reside en que el Estatut es una norma  cuyo ámbito de aplicación debe limitarse al territorio de Catalunya y no puede vincular jurídicamente a órganos situados fuera de este territorio. Las inversiones del Estado en Cataluña en materia de infraestructuras  – ojo: no las de la Generalitat - deben estar previstas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado que aprueban las Cortes Generales. Es evidente que una ley territorial como el Estatut no puede determinar una materia de exclusiva competencia estatal como es la elaboración y aprobación de sus propios Presupuestos, es decir, sus partidas de ingresos y gastos. 
Todo ello lo reconoce la sentencia, recordando doctrina anterior, al sostener que “no puede admitirse  que la disposición adicional tercera vincule a las Cortes Generales en el ejercicio de sus funciones de examen, enmienda y aprobación de los Presupuestos Generales del Estado (…) pues es al Estado a quien le corresponde en exclusiva (…) decidir si procede dotar, en su caso, y en qué cuantía aquellas asignaciones en virtud de la competencia exclusiva que sobre la materia le atribuye el art. 149.1.14 de la Constitución (hacienda general)”. En consecuencia, la disposición adicional en cuestión, “debe, pues, interpretarse en el sentido de que no vincula al Estado en la definición de su política de inversiones, ni menoscaba la plena libertad de las Cortes Generales para decidir sobre la existencia y cuantía de dichas inversiones. Interpretada en estos términos – concluye la sentencia -  la disposición adicional tercera, apartado 1, no es contraria a la Constitución”.   
La sentencia se excede salvando preceptos que deberían haber sido declarados nulos porque su significado es opuesto, en cualquiera de sus acepciones, al que le atribuye el Tribunal y este es un caso prototípico. Nunca se había utilizado con tanta profusión la técnica de la interpretación conforme. Es por ello que el Estatut debe ser leído con las correcciones que la sentencia introduce, para lo cual una guía sumamente útil es el libro del profesor José Carlos Remotti, El Estatuto de Autonomía de Cataluña y su interpretación por el  Tribunal Constitucional (Bosch editor, Barcelona, 2011), que tras cada artículo estatutario sintetiza la doctrina constitucional y reproduce los párrafos esenciales que la justifican. Cargos públicos, funcionarios y periodistas, deberían tener este libro siempre a mano para navegar con una cierta seguridad por los difíciles vericuetos que resultan de combinar texto y sentencia.  
En cualquier caso, la famosa disposición adicional tercera del Estatut no establece obligación alguna para el Estado en materia de inversiones en Catalunya. Otra cosa es que el Estado decida libremente invertir el 18,6%. O más. O menos. Pero el Estatut no puede vincular las decisiones del Estado, algo de puro sentido común que sólo una reforma estatutaria tan disparatada como la catalana – imitada después en este punto por la mayoría de las demás reformas – podía establecer. Sin embargo, aún peor es obstinarse en sostener que el Estatut dice algo que no dice.  Dudo que sea fruto de la ignorancia y prefiero no pensar que es fruto de la mala fe.    
 
Francesc de Carreras, Catedrático de Derecho Constitucional de la UAB

¿De verdad España nos roba, o son los nacionalistas los que quieren robar mas aun de España?.

El sueldo más común en España

El sueldo más común en España no llega a 16.000 euros
La encuesta de estructura salarial del INE constata un aumento de la desigualdad entre el salario de hombres y mujeres. -El sueldo medio asciende un 2,9% entre 2008 y 2009 hasta los 22.511 euros

Madrid 22/06/2011

El salario más común entre los trabajadores que residen en España fue de unos 15.500 euros al año, según la Encuesta de Estructura Salarial que ha publicado el Instituto Nacional de Estadística, con datos correspondientes a 2009. Además, pese a que la economía española atravesó aquel ejercicio por completo en la recesión, el salario medio subió un 2,9% en 2009 hasta los 22.511 euros. No obstante, esta cifra está condicionada por el hecho de que los empleados que cobran más que estos 22.500 euros son pocos pero con remuneraciones generosas y por la importante destrucción de empleo en este año entre los temporales, que fueron los primeros en ser expulsados del mercado laboral y tenían sueldos más bajos que la media, lo que tiró hacia arriba de la estadística.

Los temporales ganan un 30% menos que los empleados con contrato indefinido
Así, añade el INE, el salario medio es superior tanto al salario mediano, que con 18.817 euros es el que divide al número de trabajadores en dos partes iguales, los que tienen un salario superior y los que tienen un salario inferior; como al más frecuente, de 15.500 euros.
Por sexos, la ganancia media anual fue de 25.001,05 euros para los hombres y de 19.502,02 euros para las mujeres. Así, las mujeres cobran por norma el 78% de lo que gana el sexo opuesto. La situación, destaca la oficina estadística, es ligeramente peor que la del año anterior, aunque sea solo por una décima (78,1%). No obstante, la separación se reduce si se consideran situaciones similares respecto a variables tales como tipo de contrato, de jornada, ocupación o antigüedad. Pese a ello, en 2009, el 15,2% de las mujeres tuvo ingresos salariales menores o iguales que el Salario Mínimo Interprofesional (SMI y 641 euros al mes), frente al 5,6% de los hombres. Además, otro dato que constata la desigualdad entre sexos es que del 18% de trabajadores que ganan poco en relación a la media -menos de 7.500 euros-, tres de cada cinco eran mujeres.
En cuanto al tipo de contrato, los temporales siguen muy por debajo de lo que cobran los indefinidos. En concreto, los primeros gana un 30% menos que los fijos con 16.700 euros. Los indefinidos, por su parte, tenían en 2009 un salario superior a la media con 23.979 euros al año. Por sectores, la actividad con remuneraciones medias más alta fue la energía eléctrica con 50.530 euros.
En el lado contrario, los asalariados de la hostelería fueron los que tenían un sueldo más bajo con 13.996 euros. Por su parte, los directores de empresas de más de 10 trabajadores constituyeron el colectivo de ocupación con la ganancia media anual más elevada (63.150,47 euros). Además, en un ejemplo del efecto de la destrucción del empleo temporal en los sueldos, los salarios subieron más que en el resto en la construcción, donde se concentraron dos de cada tres despidos en este periodo, con un repunte del 5,2%.
En cuanto a la distribución geográfica, País Vasco, con 26.162,45 euros anuales por trabajador, fue la comunidad autónoma que presentó el salario medio anual más alto. Canarias, con 18.926,36 euros, tuvieron el más bajo.
Así, aunque los salarios siguieron subiendo en 2009 en contraste con la grave recesión que atravesó España, la más acusada en medio siglo, las tornas cambiaron en 2010. De hecho, a finales del pasado año, los costes salariales bajaron por primera vez en la historia una vez que los temporales fueron expulsados del mercado laboral, pasó el efecto de las indemnizaciones y se hizo patente el recorte en las remuneraciones a funcionarios. Junto a la Encuesta Salarial publicada, la oficina de estadística publica trimestralmente los datos sobre costes salariales, que miden lo que le cuesta cada trabajador a la empresa.
La necesidad de aumentar la competitividad de las economía española ha llevado al Banco de España y a las empresas a reclamar mayor moderación salarial y, en lo que coinciden (FMI), pedir que los sueldos no se vinculen de forma automática a la inflación y estén más relacionados con el incremento de la productividad o los resultados.
También el tema de la indexación a la inflación ha sido uno de las claves para la reforma de la negociación colectiva, donde el decreto ley del Gobierno que actualmente se está tramitando en el Congreso permite a las empresas desligarse de las subidas salariales de los convenios de ámbito superior previo acuerdo con los sindicatos.

MONARQUÍA, "RENOVARSE O MORIR"


Rivera (C's) pide a la monarquía 'renovarse o morir'



Rivera (C's) pide a la monarquía 'renovarse o morir'

Rivera (C's) pide a la monarquía 'renovarse o morir'

'LO QUE HA PASADO ESTE FIN DE SEMANA ES UN EJEMPLO DE LA NECESIDAD DE QUE LA CASA REAL SE SOMETA A LA LEY DE TRANSPARENCIA', HA RECLAMADO

El líder de C's, ALBERT RIVERA, ha afirmado este lunes que la monarquía parlamentaria debe "renovarse o morir", y dar paso a una república si no se lleva a cabo un debate sobre la modernización de la Corona.
En rueda de prensa, ha recordado que el discurso de Navidad del Rey Juan Carlos abogó por que los cargos públicos tengan una actitud ejemplar de cara a los ciudadanos ante la profunda crisis que atraviesa el país, por lo que le ha instado a aplicarse sus palabras.
Sin entrar en el debate de si debe abdicar, ha asegurado que debe ser el primero en querer modernizar y participar de la regeneración de la monarquía, y que el Príncipe Felipe debe pilotar este debate como heredero junto al resto de instituciones del país.
"El actual sistema de monarquía parlamentaria debe renovarse o morir. Debe haber un debate legítimo en el país sobre el modelo de Estado", ha sostenido Rivera, quien ha lamentado la imagen que está dando la institución también por el caso Urdangarín.
Según Rivera, si no hay un debate sobre la necesidad de una monarquía profesional, "es absolutamente legítimo plantear el cambio de modelo: pasar de la monarquía a la república".
Para el líder de C's, una Casa Real moderna pasa por la transparencia de sus números y actividades, entre otras cuestiones, por lo que ha exigido al Gobierno que no excluya a la Corona y al Rey de la ley de transparencia que está preparando.
"Lo que ha pasado este fin de semana es un ejemplo de la necesidad de que la Casa Real se someta a la ley de transparencia", ha reclamado.